Es una disposición testamentaria a través de la cual, el testador priva a un heredero forzoso de su legítima, por causas establecidas en la ley, referidas a actos moralmente inaceptables perpetrados contra el testador.
Para la validez de la desheredación deben concurrir los siguientes requisitos:
Son causales de desheredación las siguientes:
Son causales de desheredación las siguientes:
Las causas de la desheredación son personales, por lo tanto, afectan solo a la persona que cometió las faltas que la ley establece. De esta forma, no se afectan los derechos de sus descendientes, quienes ocuparán el lugar del heredero forzoso desheredado sus hijos o nietos, si los hubiere. Ellos conservan sus derechos hereditarios.
El derecho que tiene el heredero o sus sucesores para contradecir la desheredación se extingue a los dos años, los cuales se cuentan a partir de la muerte del testador o desde que el desheredado tiene conocimiento del contenido del testamento.
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